Como se calculan los días de vacaciones
Ante la consulta de compañeros sobre los días de vacaciones que les corresponden, este es el detalle del Convenio 541 que esta vigente.
Artículo 14º: Vacaciones: Los periodistas gozarán de un período mínimo continuado de
descanso anual, conservando la retribución que les corresponde durante el servicio
activo en los siguientes términos:
a) quince días hábiles cuando la antigüedad en el servicio, no exceda de diez años;
b) veinte días hábiles, cuando la antigüedad sea mayor de Diez años y no exceda de
veinte;
c) treinta días hábiles, cuando la antigüedad en el servicio sea mayor de veinte años.
d) disfrutarán de un descanso adicional de 3, 5 y 7 días, cuando realizaren tareas
habitualmente nocturnas.
e) Las vacaciones comenzarán en día lunes o el siguiente día hábil si aquel fuese feriado....
